martes, 29 de marzo de 2016

Dos exfuncionarias fueron sentenciadas por falsificación de firma en El Oro

Luego de cuatro horas de audiencia, el Tribunal de Garantías Penales de El Oro sentenció a dos personas por el delito de falsificación de firmas en instrumentos públicos, en Machala
 
A 6 años y 8 meses de privación de libertad fueron sentenciadas Jessica L.y Kerly P., por el delito de falsificación de firmas en documentos públicos. Así lo decidió el Tribunal de Garantías Penales de El Oro.
La audiencia se realizó la tarde  y noche del lunes 28 de marzo en las instalaciones de la Corte Provincial de Justicia de El Oro, en la ciudad de Machala.
 
El fiscal del caso Johnny González dijo que el hecho se registró el 1 de diciembre del 2014, cuando entre las dos exfuncionarias falsificaron la firma de una Notaria del Cantón Machala, en una posesión efectiva de bienes (este trámite se realiza para establecer los herederos de los bienes de una persona fallecida).
 
El agente fiscal argumentó su acusación con pruebas como informes periciales grafológicos que determinaron que dicha firma correspondía a una de las procesadas, además los testimonios de la usuaria que reconoce a una de las procesadas que tramitó el acta de posesión de bienes a su favor y el de la Notaria, quien afirmó no haber firmado dicho documento público.
 
Además se presentó el reconocimiento del lugar de los hechos, el testimonio del mensajero, quien dijo haber enviado los documentos  a través de un medio de transporte público, entre otros testimonios que demostraron la participación de las acusadas en el delito que se les imputa.
 
Jessica L. y Kerly P. laboraban en una Notaría del Cantón Machala en calidad de secretarias. Las dos personas fueron procesadas luego de las investigaciones iniciadas por la Fiscalía desde diciembre del 2014 por la falsificación de firma delito tipificado en el art. 327, inciso 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona de 3 a 5 años de pena privativa de libertad.
 
La Fiscalía argumentó sus agravantes establecidos en el art. 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal, por haberse cometido dicho delito entre dos personas.
 
Fuente: Comunicación Fiscalía El Oro.

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