miércoles, 29 de junio de 2016

Fiscalía de El Oro logró sentencia de 29 años de privación de libertad por violar a su hija


Machala, 29 de junio del 2016.- Una prueba de ADN que comprobó la paternidad de la niña de una menor de 11 años, fue fundamental para demostrar la culpabilidad de Manuel Ch. por el delito de violación cometido en contra de su hija.
La Fiscalía fundamentó las agravantes en este caso, por lo que producto de la violación, la víctima concibió una hija de Manuel Ch., el mismo que habría cometido el delito por varias ocasiones aprovechándose de la relación de poder por ser parte del núcleo familiar, realizando estos actos bajo amenazas e intimidación.
El sentenciado por haber atentado sexualmente en contra de su hija durante un año, deberá pagar 292.800 dólares como reparación integral a la víctima y una multa de 10.000 dólares.
El caso fue llevado por la fiscal Paola Vivanco, de la Unidad de Violencia de Género N° 1. Ella argumentó las pruebas testimoniales y documentales durante la audiencia de juzgamiento, la mañana y tarde del martes 28 de junio del presente año, ante el Tribunal de Garantías Penales de El Oro.
Entre las pruebas también constan el testimonio anticipado de la víctima y las declaraciones de los profesionales de la sala de primera acogida que atendieron la emergencia de parto.
Además las pruebas documentales como: un informe de la Unidad Educativa, en donde se indicó que la alumna presentaba graves problemas en su entorno familiar. Asimismo el historial clínico del hospital donde fue atendida, el acta de nacido vivo de la hija y el informe de entorno social que determinó que la menor vivía en estado de vulnerabilidad y fue sometida al aislamiento social por parte de su familia.
El caso fue denunciado el 29 de junio del 2015.  En esa fecha la víctima relató a la psicóloga de la Sala de Primera Acogida, María Lituma, de los actos de abuso sexual y violación que habría sufrido en su hogar por parte de su padre, desde que tenía 8 años de edad. El hecho motivó que la funcionaria de conocimiento de los hechos a la Fiscalía.
El aislamiento que generó su familia, fue el cambio de domicilio constante para evitar que sus vecinos sospechen de las agresiones que sufría.
La Fiscalía procesó a Manuel Ch. por el delito de violación establecido en el artículo 171 numerales 1, 3, 4 y 5 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona de 19 a 22 años de pena privativa de libertad.
Con las agravantes tipificadas en los artículos 47 y 48 del mismo cuerpo legal, que indica que la víctima se encontraba en estado de indefensión y que producto del delito existe una niña, además que el agresor era del el núcleo familiar.
 

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