lunes, 3 de agosto de 2015

Predios convertidos en monumentos de basura, maleza y contaminación. SOLARES VACÍOS CDLAS. APOLINARIO 2, LA CABRERA Y LA ADOLFINA SUJETOS A SANCIONES.

En Pasaje los solares destinados a vivienda se han convertido en monumentos de basura, maleza, escombros y focos de contaminación ambiental. En el cantón son en promedio seis mil predios los que no cumplen la función social de vivienda, pero sí ocasionan molestias a las familias que habitan cerca o frente a los solares.
 
Para reducir el impacto ambiental y afectación a la salud de familias, el GAD Pasaje registra los solares que se encuentran vacíos, con el fin de aplicar las sanciones vigentes en la Ordenanza de Cerramiento de Predios No Edificados. En la lotización Apolinario 2, ciudadelas La Cabrera y La Adolfina existen predios llenos de monte, cerramiento en mal estado, maleza en la acera y sin vivienda.
 
Las familias que habitan en los tres sectores urbanos de Pasaje respaldan la acción municipal de aplicar sanciones a los propietarios que no realizan limpieza de sus predios. En el control in situ se registraron solares convertidos en criaderos de mosquitos, roedores y botaderos de escombros. Los predios que se mantengan en estas condiciones están sujetos a multas hasta que cumplan lo que determina la Ordenanza vigente para terrenos que no están habitados.
 
Solares en venta.
 
La campaña “no más solares vacíos” que realiza el GAD Municipal Pasaje, tiene como objetivo reducir el número de predios abandonados que afectan a la salud de familias, imagen urbanística y ocasionan problemas ambientales. Los anuncios se vende solar están en la mayoría de lotizaciones, urbanizaciones y ciudadelas. Los predios destinados a vivienda ahora cumplen otra función, perjudicar a la ciudad y favorecer a propietarios con la plusvalía que genera la obra municipal.    
 
La Ordenanza determina como solares vacíos y sujetos a sanción, aquellas propiedades de tierra que se encuentren dentro del perímetro urbano determinado por el Concejo Cantonal de Pasaje, que teniendo su frente a una calle vehicular, peatonal o avenida y sin contar con edificación, se encuentren abandonados o sin nada que delimite su parte frontal, posterior o lateral en caso de solar esquinero. 
 
Los solares vacíos contextualizados en el artículo 1 de la Ordenanza, deberán estar cercados en sus linderos que dan a las vías, en un plazo máximo de 180 días contados a partir de la publicación de la ordenanza y permanecerán así hasta que el propietario realice alguna construcción. En los sectores Apolinario 2, La Cabrera y La Adolfina los predios no habitados, por su condición de higiene y abandono, están sujetos a las multas previstas en la Ordenanza.
 
 

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